PLAZOS Y PROFESIONALES
1. ¿Cuánto va a tardar mi divorcio?
No se puede calcular con exactitud, ya que depende del Juzgado que tramite el procedimiento, y del retraso que tenga.
Aproximadamente tardará un mes desde el momento de la presentación de la demanda, aunque en algunos casos puede tardar una semana solamente, o dos o tres meses.
Nosotros lo tramitamos con la mayor rapidez posible, pero después depende del Juzgado al que le asigne el procedimiento, lo que se hace por orden aleatorio en estricto orden de reparto interno de cada Tribunal, por lo que no se puede conocer de antemano o controlar.
Nosotros en todo momento le mantenemos informado del estado de la tramitación.
2. ¿Cuándo me puedo volver a casar?
Se puede volver a contraer matrimonio, en cuanto el divorcio esté inscrito en el Registro Civil, como nota marginal al margen del certificado de matrimonio. En nuestro escrito de demanda ya nos ocupamos de solicitarlo, y nos ocupamos de que el Juzgado lo inscriba a la mayor brevedad posible.
Antes de contraer nuevo matrimonio, en cualquiera de sus formas, le exigirán que presente certificado de matrimonio actualizado en el que conste el divorcio (ya que obviamente una persona casada o separada no puede contraer un segundo matrimonio simultáneamente).
3. ¿A partir de cuándo es efectivo el divorcio o la separación?
El divorcio o separación es efectivo desde la Sentencia Judicial, que se suele decretar el mismo día de la ratificación, o en una semana desde la misma, aunque nuevamente no se puede afirmar con certeza, ya que ello depende del Jugado concreto.
4. ¿Cuándo inscriben mi divorcio en el Registro Civil?
No se puede indicar un plazo fijo, ya que depende de nuevo del Juzgado que esté tramitando la demanda, pero suele ser alrededor de una semana desde la Sentencia.
Hay que tener en cuenta que el Juzgado y Partido Judicial del proceso de separación o divorcio, puede ser el mismo, o no, que en el que se encuentre inscrito el matrimonio. Si fueran partidos judiciales distintos tardaría más, ya que tiene que solicitar la inscripción un Juzgado a otro por medio del exhorto, y eso puede tardar alrededor de un mes, aunque nuevamente depende del Juzgado en concreto.
5. Desde que se presenta la demanda de divorcio, ¿cuánto tiempo se tarda en ir a ratificar, tener Sentencia, e inscribirla en el Registro Civil?
Depende del Juzgado en concreto, pero de forma orientativa, desde el momento en que se presenta la demanda, se nos requiere para la realización de la ratificación en un plazo aproximado de entre quince días y un mes. Desde la ratificación, se suele tener la Sentencia en el plazo de una semana, aunque algunos Juzgados la entregan el mismo día de la ratificación. Desde La Sentencia judicial, se suele inscribir el divorcio o separación en el Registro Civil en el plazo aproximado de una semana si el procedimiento se ha tramitado en el mismo partido judicial en el que se contrajo matrimonio, y si no, y son partidos judiciales distintos, aproximadamente en el plazo de un mes.
6. ¿Qué profesionales necesito? El Abogado y el Procurador:
Para la tramitación de su divorcio o separación se necesita la asistencia de un abogado y un procurador, común a ambos cónyuges, ya que se presenta la demanda de mutuo acuerdo.
El abogado es el defensor de las partes, y el que dirige todo el procedimiento jurídico.
El procurador es el representante de las partes en el Juzgado, y su función es la de recibir y presentar notificaciones y escritos de las partes. Es necesario apoderarle, ya que es desde entonces cuando nos representa y podrá actuar en nuestro nombre en el Juzgado.
7. Tipos de apoderamiento del procurador. Ventajas y desventajas
Existen dos formas de apoderamiento del procurador: El poder notarial, y el poder apud acta.
Las ventajas del notarial es que una vez realizado, y apoderado a uno, o más procuradores, se puede utilizar para todos los pleitos que se desee, ya que consta notarialmente que se presta el consentimiento para que un determinado procurador nos represente, y es aplicable a cualquier tipo de procedimiento judicial. Las desventajas son que hay que abonar los honorarios del Notario, y que supone una molestia tener que ir a firmar a la Notaría.
La ventaja del apoderamiento apud acta es que es gratuito, por lo que sólo debemos acudir al Juzgado para apoderar a un procurador para un caso concreto. En la practica, en los procedimientos de mutuo acuerdo de familia, la gran mayoría de los Juzgados citan a las partes para que apoderen al procurador y ratifiquen el convenio regulador en el mismo acto, por lo que además de ser gratuito, no supone ninguna molestia, ya que se realiza a la vez que la ratificación judicial que hay que realizar obligatoriamente conforme a la Ley. La desventaja del poder apud acta es que sólo es válida para un único procedimiento, de modo que para otro, habría que volver a realizar otro poder.
Nuestro despacho, para la tramitación de procedimientos de familia de mutuo acuerdo, recomendamos y tenemos la costumbre de realizar el poder apud acta, de modo que el cliente tiene las mínimas molestias y gastos. Nosotros nuevamente nos ocupamos de todas las gestiones y trámites.
8. Profesionales judiciales. El Juez y el Fiscal:
El Juez es el órgano de decisión que aprueba el convenio regulador y el correspondiente divorcio o separación, y en su caso, el que indica las modificaciones del convenio que tenga por convenientes.
El Fiscal es el defensor de la legalidad, y en procedimientos de familia es el que defiende a los menores de edad, por lo que el Fiscal se pronunciará en todos los casos en los que haya menores de edad para darle el visto bueno al convenio, y no se produzca ninguna indefensión o perjuicio para los menores.
9. ¿Quién me avisa de los pasos a seguir y gestiona el procedimiento?
El abogado es el que se encarga de hacer todas las gestiones, y tener informado en todo momento a su cliente del estado del procedimiento y de los pasos a seguir. Nosotros somos los que directamente les avisamos de todos los pasos y trámites por medio de nuestro departamento de atención al cliente y departamento jurídico, formado por los que sin ninguna duda, son de los mejores abogados de la especialización de familia. Les mantenemos informados por el medio que ustedes nos indiquen, ya sea telefónicamente, por correo electrónico, sms, fax… etc
Por tanto, reiteramos, el abogado es el que en todo momento mantiene informado al cliente del estado del procedimiento y de los pasos a seguir.
El sistema de notificación judicial es una cadena compleja en la que, en primer lugar, el Juzgado notifica al procurador todo lo relativo al caso, en segundo lugar el procurador se lo notifica directamente al abogado, y este último, es el que informa al cliente.
10. Diferencias profesionales entre el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso.
En el divorcio de mutuo acuerdo los cónyuges establecen los términos de su separación o divorcio, así como de su relación postmatrimonial, mientras que en el divorcio contencioso no ha sido posible llegar a un acuerdo sobre dichos términos, por lo que un cónyuge (el primero en demandar) solicita mediante el escrito de demanda la regulación en los términos que entiende por convenientes, y el otro cónyuge hace lo mismo mediante el denominado escrito de contestación a la demanda; y el Juez, después de la celebración de un Juicio contradictorio, resuelve. En este caso, cada cónyuge tiene que contratar a un abogado y un procurador propios, que confrontarán en juicio lo solicitado por cada una de las partes.
Por tanto, en el procedimiento contencioso, el coste económico es mucho mayor, el tiempo de resolución es también mucho mayor ya que puede oscilar entre cuatro y ocho meses, y provoca el enfrentamiento de las partes, que condiciona su relación futura, lo que es esencial principalmente cuando hay hijos comunes, ya que normalmente son los más perjudicados.
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